Vía de residencia
Residencia por inversión empresarial
Invertir en una sociedad brasileña puede fundamentar una solicitud de autorización de residencia y, a la vez, construir una presencia económica efectiva en el país.
En resumen
La resolución normativa CNIg 13/2017 permite que una persona física que invierta, con fondos propios de origen extranjero, en una sociedad brasileña solicite una autorización de residencia, siempre que el proyecto tenga potencial de generar empleo o ingresos. Se exige un plan de inversión o de negocio. A diferencia de la vía inmobiliaria, aquí la residencia se concede por tiempo indefinido.
A quién conviene esta vía
- Empresarios que quieren iniciar o ampliar operaciones en Brasil
- Inversores que prefieren una participación societaria al patrimonio inmobiliario
- Grupos con un negocio europeo existente que buscan una base brasileña
- Fundadores en innovación y tecnología, para quienes se prevé un importe reducido
Qué posibilidades abre
- Autorización de residencia por tiempo indefinido desde la concesión
- Presencia empresarial efectiva, con CNPJ y actividad propia
- Acceso al mercado brasileño con una estructura societaria formalizada
- Base para incluir a familiares, valorada caso por caso
- Tras el periodo de residencia exigido, acceso posible a la naturalización
Requisitos generales
- Inversión en divisas de al menos 500.000 R$ en una sociedad brasileña
- O, a partir de 150.000 R$, para innovación o investigación básica o aplicada de carácter científico o tecnológico, cuando se cumpla al menos una condición concreta de la norma
- Presentación obligatoria de un plan de inversión o de negocio con un plazo de ejecución de tres años
- Un proyecto con potencial de generar empleo o ingresos en el país — criterio que se examina con prioridad
- Capital extranjero efectivamente desembolsado y registrado ante el Banco Central
- Acreditación posterior de la ejecución del plan, presentada dentro de los 90 días siguientes al fin del periodo concedido
Contexto económico y personal
Esta vía exige más que capital: exige un proyecto económico que se sostenga. El plan de inversión debe describir el sector, la ubicación, el mercado objetivo, la estrategia de desarrollo y el plan de contratación de los tres primeros años, con puestos, salarios e inversión en formación. Es un documento estratégico, no un trámite — y la instrucción da prioridad precisamente al potencial de generar empleo o ingresos.
Cómo funciona, paso a paso
- 01
Valoración inicial y diseño de la estructura
Analizamos su objetivo empresarial, el sector previsto y la estructura societaria más adecuada, considerando los aspectos jurídicos y fiscales.
- 02
Constitución o entrada en la sociedad
Con socios juristas y contables, coordinamos la constitución o su entrada como socio en una sociedad existente.
- 03
Plan de inversión o de negocio
Elaboramos con usted el plan que exige la norma: definición de la actividad, objeto del proyecto y generación de empleo o ingresos en los tres primeros años.
- 04
Aportación de capital y registro
El capital entra a través de entidades financieras autorizadas, con el registro declarativo de inversión extranjera directa ante el Banco Central.
- 05
Solicitud de autorización de residencia
Reunimos la documentación societaria, los justificantes de la inversión extranjera y el plan, y presentamos la solicitud.
- 06
Registro ante la Policía Federal y CRNM
Una vez concedida, se completa el registro y se expide la CRNM. Después acompañamos la acreditación de la ejecución del plan.
Documentos que suelen exigirse
- Formulario de solicitud de autorización de residencia
- Documento de viaje en vigor
- Estatutos inscritos que acrediten el desembolso del capital extranjero
- Justificantes de la inversión extranjera: registro declarativo de inversión extranjera directa en el sistema del Banco Central y contrato de cambio del banco receptor
- Plan de inversión o de negocio conforme a la norma
- CNPJ de la sociedad y CPF del inversor
- Certificados de antecedentes penales de los países de residencia de los últimos cinco años, apostillados y traducidos
- Para quienes ya estén en Brasil: copia de la CRNM, declaración fiscal de la sociedad, RAIS de los tres últimos años y justificante del FGTS con la relación de personal
Cónyuge y familia
El cónyuge, la pareja y los hijos se incluyen por regla general mediante las normas de reagrupación familiar, con sus propios documentos. Al ser la residencia del inversor por tiempo indefinido, la planificación familiar gana previsibilidad — aunque cada situación exige un análisis individual.
Registro y expedición de la CRNM
La autorización de residencia, el registro migratorio y la CRNM son etapas distintas de un mismo camino, y conviene diferenciarlas con claridad.
La autorización de residencia es el acto por el cual el Ministerio de Justicia y Seguridad Pública reconoce el derecho a residir. El registro migratorio se realiza después ante la Policía Federal. Solo entonces se expide la CRNM — Carteira de Registro Nacional Migratório —, el documento de identificación del inmigrante en Brasil.
La CRNM no es sinónimo de la autorización de residencia: es el documento que acredita el registro derivado de ella. En la práctica, es la CRNM la que permite abrir cuentas, firmar contratos y acreditar su situación en el país.
Qué ocurre tras la concesión
- Registro ante la Policía Federal y expedición de la CRNM
- Ejecución efectiva del plan de inversión o de negocio
- Acreditación de la ejecución del plan, presentada dentro de los 90 días siguientes al fin del periodo concedido
- Cumplimiento de las obligaciones societarias, contables y laborales de la sociedad
- El Ministerio puede comprobar la existencia física de la sociedad y la realidad de su actividad
Cómo le acompaña PlanBrazil
- Coordinamos la valoración inicial y el diseño de la estructura societaria
- Dirigimos el análisis jurídico con nuestro socio abogado
- Elaboramos con usted el plan de inversión o de negocio que exige la norma
- Coordinamos, con nuestros socios contables, las obligaciones fiscales y laborales
- Coordinamos, con entidades financieras autorizadas, la aportación de capital y su registro ante el Banco Central
- Organizamos documentos, apostillas y traducciones juradas
- Acompañamos el procedimiento de residencia, el registro y la expedición de la CRNM
Preguntas frecuentes
¿En qué se diferencia el plazo respecto de la vía inmobiliaria?
Para la inversión en una sociedad, la norma prevé residencia por tiempo indefinido. En la vía inmobiliaria la residencia inicial es de cuatro años y después puede convertirse en indefinida.
¿Hay un importe reducido para startups?
Sí. La norma admite inversiones a partir de 150.000 R$ para innovación o investigación básica o aplicada de carácter científico o tecnológico, siempre que el proyecto cumpla al menos una de las condiciones previstas — por ejemplo, estar en un parque tecnológico, estar incubado o haber salido de una incubadora, haber recibido apoyo público a la innovación, haber sido finalista de un programa público para startups o haber contado con el respaldo de una aceleradora en Brasil.
¿Estoy obligado a contratar personal?
El plan debe recoger el programa de contratación de los tres primeros años, con número de puestos, funciones y salarios. El potencial de generar empleo o ingresos se examina con prioridad y la ejecución debe acreditarse después.
¿Puedo invertir en una sociedad ya existente?
Sí. La norma se aplica tanto a sociedades de nueva constitución como a sociedades existentes que reciben la inversión extranjera.
¿Qué ocurre si el plan no se cumple?
La continuidad de la residencia está condicionada a acreditar la ejecución del plan. El Ministerio tiene en cuenta el contexto económico y el objeto de la actividad, pero el incumplimiento puede poner en riesgo la autorización.
Base legal
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